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Pago del Impuesto sobre Diversiones y Espectáculos públicos (Personas físicas)
Presencial
Información General
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Vas a llevar a cabo un espectáculo público en el municipio, sea función de esparcimiento, teatral, cinematográfica, deportiva o de grupo de personas pagando por ello cierta suma de dinero por entrada; te invitamos a que acudas a las oficinas de la Secretaría de Finanzas y Tesorería, a realizar el pago del impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos.
¿Qué necesito?
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(*) Documentos obligatorios
-
Identificación oficial del solicitante o copia del documento migratorio tratándose de extranjeros
*
- Número de Copias: 1
- Original para cotejo
-
Identificación oficial del representante legal y poder legal de quien realiza el trámite o servicio, en su caso.
*
- Número de Copias: 1
- Original para cotejo
-
Poder del representante
*
Documento mediante el cual se acredite el poder del representante
-
Comprobante del domicilio
*
- Número de Copias: 1
- Original para cotejo
-
Boletos
*
Número de Originales: 1
-
Garantía del 7% sobre el boletaje
*
Mediante efectivo o cheque certificado a nombre de la Tesorería Municipal correspondiente.
El impuesto deberá quedar liquidado dentro de los 10-diez días hábiles siguientes a la terminación de la función. En caso de espectáculos o diversiones eventuales, se pagará de inmediato.
Plazo máximo para la resolución:
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30
Día(s)
Hábil(es)
Ubicación
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Lunes
08:00 - 16:00
Martes
08:00 - 16:00
Miércoles
08:00 - 16:00
Jueves
08:00 - 16:00
Viernes
08:00 - 16:00
Detalles adicionales
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- Es el trámite que deberán presentar las personas físicas que, realice función de esparcimiento, sea teatral, cinematográfica, deportiva o de cualquier otra índole que se verifique en salones, teatros, calles, plazas, locales abiertos o cerrados, en donde se reúna un grupo de personas pagando por ello cierta suma de dinero, por concepto de entrada, cualquiera que sea la denominación que se le dé independientemente que incluya o no, otro servicio, en el cual cobrará por el acceso.
- El impuesto deberá quedar liquidado dentro de los 10-diez días hábiles siguientes a la terminación de la función. En caso de espectáculos o diversiones eventuales, se pagará de inmediato.
- El servicio es gratuito, sólo se cobra el pago por la obligación del gasto público conforme a la Ley Hacendaria
Horario de atención, recepción y entrega de 08:00 a 16:00 horas, los días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes.
PROTESTA CIUDADANA. Podrás presentar una Protesta Ciudadana, a través del siguiente hipervínculo
https://tramites.sanpedro.gob.mx/gobierno_de_san_pedro_garza_garcia_be055859/protesta_ciudadana_862a3e6a-aa23-4eff-bb3c-2dfb78bc769e/validate_citizen, cuando algún servidor público, te niegue la gestión de algún trámite o servicio sin causa justificada, altere reglas, procedimientos o incumpla con los plazos de respuestas, te solicite donaciones en dinero o en especie, o acciones u omisiones al trámite o servicio solicitado.
Información jurídica
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Homoclave
SFT/CMR/04-23
Fundamento jurídico
Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, artículos 29, 30, 30 bis, 31 bis y 32.
Ley de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa del Estado de Nuevo León, artículos 101, 102, 103 y 104.
Reglamento de Mejora Regulatoria y Simplificación Administrativa de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 8 y 83.
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de San Pedro Garza García, Nuevo León, artículos 24 fracción II y 28 inciso a), fracción VI.
Contacto para consultas
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